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Cuestionan suspensiones otorgadas por juzgado federal en Tijuana en casos de homicidio y secuestro

hace 12 minutos
3 min de lectura

Cuestionamientos entre abogados y operadores del sistema de justicia de Baja California han surgido por una serie de suspensiones concedidas por el Juzgado Décimo Segundo de Distrito, con sede en Tijuana y encabezado por la jueza Cristina Martínez Aguilar. Las resoluciones han tenido efectos sobre medidas de prisión preventiva dentro de procesos relacionados con homicidio calificado y secuestro.


Uno de los casos incluso fue expuesto públicamente ante la presidenta Claudia Sheinbaum por la madre de una víctima durante una de sus conferencias. A ello se suman referencias de integrantes del gremio jurídico local sobre quejas contra la actuación del juzgado que habrían llegado al Tribunal de Disciplina Judicial.


Entre los expedientes señalados por abogados se encuentran los incidentes de suspensión 517/2026-VII, 530/2025-VII y 153/2026-V, relacionados con investigaciones por homicidio calificado. También aparecen los amparos 792/2026 y 852/2026, cuyas actuaciones principales se desarrollaron entre agosto y septiembre de este año.


Los amparos 792/2026 y 852/2026 fueron promovidos en favor de una misma persona, quien ha sido relacionada con un grupo criminal que opera en la región. En el primero, una suspensión provisional derivó en la revisión de la prisión preventiva impuesta dentro del proceso penal; en el segundo, tras concederse la suspensión se realizó una nueva audiencia en la que la medida cautelar fue sustituida, lo que permitió al imputado continuar su proceso en libertad.


El hecho de que ambos asuntos hayan llegado al mismo juzgado en fechas próximas no constituye, por sí solo, el único punto señalado por los litigantes. Sus dudas se concentran también en el mecanismo de turno, los argumentos jurídicos utilizados para conceder las suspensiones y el alcance que tuvieron frente a decisiones adoptadas previamente por jueces de control.


En otro expediente, correspondiente a la causa penal 1065/2023 por secuestro, la determinación adoptada dentro del amparo 846/2026-I llevó a la representación ministerial a presentar un recurso de queja. La autoridad ministerial consideró que la resolución federal tenía efectos sobre la medida cautelar impuesta dentro de ese proceso.


La participación de las diferentes partes en algunos de los amparos también ha sido motivo de dudas entre abogados. De acuerdo con los litigantes consultados, antes de resolver las suspensiones no se habría dado intervención a todas las personas con interés jurídico, incluidos representantes de las víctimas o autoridades ministeriales.


A estos señalamientos se agregan versiones que circulan dentro del gremio jurídico de Baja California sobre presuntos intermediarios relacionados con personal del juzgado, a quienes se atribuyen gestiones para obtener resoluciones favorables. Tales versiones no han sido acreditadas y, al igual que las quejas que habrían sido presentadas ante el Tribunal de Disciplina Judicial, deberán ser revisadas y, en su caso, resueltas por las autoridades correspondientes.


La atención se ha concentrado así en la actuación del Juzgado Décimo Segundo de Distrito y de la jueza Cristina Martínez Aguilar. La concesión de suspensiones y la posterior modificación de medidas cautelares no constituyen por sí mismas evidencia de una irregularidad; los cuestionamientos de los abogados se refieren a los procedimientos seguidos, los criterios utilizados para resolver y los efectos de las determinaciones dentro de las causas penales.


Mientras las inconformidades continúan su curso, serán las instancias competentes las que determinen si las quejas presentadas tienen sustento y si existe alguna actuación susceptible de responsabilidad. Hasta que ello ocurra, los señalamientos contra el órgano jurisdiccional permanecen sujetos a revisión y no permiten, por sí mismos, establecer responsabilidades.

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