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SAT identifica fondos sin destinar a damnificados del sismo de 2017



Seis años después del sismo que ocasionó gran desastre en México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) identificó a más de 20 fundaciones autorizadas para recibir recursos destinados a la atención de los damnificados de dicho sismo del 2017, los cuales, aún no aclaran el destino de los donativos o que aún cuentan con ellos sin distribuirlos entre los afectados.


Un terremoto de magnitud 7.1 sacudió la región con epicentro en las afueras de Axochiapan, Morelos, el 19 de septiembre de 2017, cerca de las 13.14 horas. Este desastre dejó 369 personas sin vida, al ser la Ciudad de México la entidad más afectada. Seis años después, las secuelas continúan en forma de fondos sin asignar y donatarias con inconsistencias en sus registros.


A través de la Administración General Jurídica, el SAT identificó a diversas organizaciones civiles y fideicomisos autorizados que recibieron donativos tras los sismos ocurridos hace seis años. Sin embargo, las donatarias todavía cuentan con remanentes pendientes por destinar, y otras presentan inconsistencias en la información declarada por los donativos recibidos.


Hasta el 31 de agosto de 2023, el SAT contabilizó 22 donatarias con recursos pendientes por asignar, al alcanzar un monto total de 79 millones 710 mil 705 pesos. Entre las donatarias con mayores montos pendientes se encuentran la Cruz Roja Mexicana, I.A.P., Obra Social Legaria, A.C., Colegio Salina Cruz A.C., Caritas Emergencias A.C., y Fundación Alfredo Harp Helú Oaxaca A.C.


Por otro lado, el SAT encontró 17 donatarias que no aclararon ante el servicio tributario el remanente de recursos pendientes por aplicar, al sumar un total de 18 millones 617 mil 797 pesos. Entre estas donatarias se incluyen la Fundación Alfredo Harp Helú, A.C., Médicos sin Fronteras A.C., Fundación Grupo Modelo A.C., Vamos a Dar A.C., y Fondo Unido Rotario de México A.C.


El SAT realizó un comunicado, en el que recordó que las organizaciones civiles o fideicomisos tienen la autorización para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR), lo que las exime de dicho impuesto.


No obstante, como parte de sus obligaciones fiscales para conservar esta autorización, deben destinar sus recursos exclusivamente a los fines de su objeto social aprobado, ya que aquellas que no cumplan podrían enfrentar la revocación de su autorización, la no renovación de la misma e incluso sanciones financieras.




Con información de Vanguardia

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