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SCJN anula auditoría de la ASEG a recursos federales ejercidos por Acapulco

  • hace 20 horas
  • 2 min de lectura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero (ASEG) no contaba con facultades para revisar 898.6 millones de pesos de recursos federales ejercidos por el Ayuntamiento de Acapulco durante 2023, por lo que dejó sin efectos el procedimiento de fiscalización impulsado por el órgano estatal.


El Pleno del máximo tribunal aprobó por unanimidad que la supervisión del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FAISMUN), integrante del Ramo 33, es una atribución exclusiva de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), al tratarse de recursos de origen federal destinados a obras de infraestructura y desarrollo social.


La determinación derivó de la controversia constitucional 174/2025, promovida por el Ayuntamiento de Acapulco, presidido por Abelina López Rodríguez, después de que la ASEG solicitara información relacionada con la aplicación de esos recursos. El gobierno municipal rechazó el requerimiento al argumentar que la autoridad estatal carecía de competencia para revisar fondos federales.


El conflicto surgió a partir de la cuenta pública de 2023, año en que Acapulco enfrentó los estragos del huracán Otis, fenómeno que ocasionó pérdidas estimadas en más de 15 mil millones de dólares y obligó a destinar recursos federales a labores de reconstrucción, infraestructura y atención prioritaria. Posteriormente, el huracán John volvió a afectar distintas zonas del municipio que aún permanecían en proceso de recuperación.


De manera paralela, la Auditoría Superior de la Federación practicó una revisión sobre mil 122 millones de pesos correspondientes a diversos fondos federales. Como resultado, emitió una solicitud de aclaración por 3.7 millones de pesos relacionada con documentación de obras públicas. Tras la respuesta del municipio, la observación quedó solventada.


Durante la discusión del asunto, las ministras y los ministros concluyeron que la ASEG invadió una facultad reservada a la ASF. En consecuencia, declararon inválidos el informe individual de resultados y el requerimiento de información emitidos contra el Ayuntamiento de Acapulco.


La Suprema Corte también resolvió que no existía motivo para analizar el convenio de colaboración suscrito entre la ASF y la ASEG, debido a que ese instrumento no constituyó el fundamento jurídico del procedimiento impugnado por el municipio.


Con este fallo, la SCJN reafirmó el criterio de que la fiscalización de recursos federales como los del FAISMUN corresponde exclusivamente a la Auditoría Superior de la Federación y estableció que la Auditoría Superior del Estado de Guerrero excedió sus atribuciones al intentar revisar esos fondos.

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